
Hay a quienes, sobre todo alcaldes y
concejales, el poder les ha pervertido el sentido del derecho constitucional
y de lo que ampara la propia democracia, la liberad, y que no entra en
confrontación con la libertad y el derecho de nadie, ellos no tienen derecho a
no ser grabados. Eso es un tema muy importante. Si estuviésemos en un sitio
privado el medio tiene que respetar la privacidad pero estamos ante un acto público
y de interés general.
El ciudadano tiene el derecho a grabar.
La información no tiene que llegar solo a través de los conductos de los medios
de comunicación, que también, pero puede y debe hacerse a través del propio
ciudadano. Que divulgue aquello que crea de interés público y en el sentido que
estime oportuno. Lo contrario no entra en cabeza humana, sería una aberración-
Nuestros derechos no los puede pisotear nadie y no debemos de dejarlo pasar. Hay
una línea que no se puede permitir pasar. Aunque yo no quiera grabar, aunque yo
jamás vaya con una cámara, voy a estar al lado de ese vecino que quiere grabar
hasta el final.
ARTÍCULO 20 DE LA CONSTITUCIÓN:
1. Se reconocen y protegen los derechos:
A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
A la libertad de cátedra.
A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La Ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.
ARTÍCULO
21 DE LA CONSTITUCIÓN: "El artículo 21 CE, en sus distintos apartados,
garantiza el mantenimiento de una comunicación pública libre, sin la
cual quedarían vaciados de contenido real otros derechos que la
Constitución consagra, reducidas a formas hueras las instituciones
representativas y absolutamente falseado el principio de legitimidad
democrática que enuncia el artículo 1.2 CE, y que es la base de toda
nuestra ordenación jurídico-política".
No hay comentarios:
Publicar un comentario